- Las Áreas Especiais de Acollida de Autocaravanas en Tránsito, cuya regulación es competencia de los municipios (Concellos).
- Los Campamentos de Turismo, que se consideran negocios turísticos formales, son regulados por el gobierno autonómico (Xunta de Galicia) a través del Decreto 159/2019 y de los cuales las áreas municipales están explícitamente excluidas.
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Vía Municipal: Creación de un Área de Autocaravanas en Tránsito
Quedan excluidas [como campamento de turismo] las zonas especiales de acogida para caravanas y autocaravanas en tránsito a las que se refiere el artículo 66.5 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, cuya regulación corresponderá a la Administración local donde se sitúen, en las que el tiempo máximo de estancia estará limitado a una noche
Infraestructura
- Suministro de agua potable: Una acometida de agua que permita a los usuarios rellenar los depósitos de sus vehículos.
- Evacuación de aguas grises: Una rejilla de alcantarillado conectada a la red de saneamiento para el vaciado de aguas de duchas y fregaderos.
- Evacuación de aguas negras: Un punto específico para el vaciado y la limpieza de los depósitos de los inodoros químicos (WC).
- Recogida de residuos sólidos: Contenedores adecuados para la basura doméstica generada durante la estancia.
Normas Clave de Uso: Estancia y Prohibiciones
- Estancia máxima permitida: Cada ayuntamiento define este límite en su ordenanza municipal, pero el periodo habitual se sitúa entre 48 y 72 horas.
- Prohibición de «acampar»: La distinción entre pernoctar y acampar es crucial. La ordenanza modelo de la FEGAMP prohíbe explícitamente cualquier acto que extienda el perímetro del vehículo o que sea propio de un camping. Esto incluye:
- Desplegar toldos, avances, patas estabilizadoras o elementos niveladores.
- Colocar mesas, sillas o cualquier otro mobiliario en el exterior.
- Instalar tendederos de ropa.
- Verter cualquier tipo de fluido fuera de las zonas habilitadas o emitir ruidos molestos.
Vía Autonómica: Creación de un Campamento de Turismo (Categoría Básica)
Estas instalaciones están pensadas para estancias recreativas, donde los usuarios pueden acampar con total libertad. La regulación de estos establecimientos es competencia de la Xunta de Galicia, y debido a su naturaleza comercial, los requisitos de inversión y servicios son significativamente más altos.
La normativa principal que rige estos establecimientos es el Decreto 159/2019, y el organismo responsable de otorgar la autorización es la Axencia Turismo de Galicia.
Uno de los requisitos más importantes para la implantación de un campamento en suelo rústico es la superficie. La ley exige una parcela mínima de 5.000 m², lo que representa una barrera de entrada significativa y es un diferenciador clave respecto a las áreas municipales.
Un aspecto legal crítico es que esta superficie debe corresponder a una única finca registral. Si el proyecto implica la unión de varias parcelas colindantes, es indispensable realizar una agrupación previa de las mismas ante el registro de la propiedad antes de solicitar la licencia.
Requisitos
Para la categoría más básica (una estrella), que es la puerta de entrada más habitual para nuevos proyectos, los requisitos mínimos son los siguientes:
- Superficie Mínima por persona: 14m²
- Suministro Eléctrico: Mínimo 10% de las parcelas
- Inodoros (WC): 1 por cada 50 plazas
- Duchas: 1 por cada 60 plazas
- Lavaderos: 1 por cada 80 plazas. 75% agua caliente.
- Servicios Adicionales: Recepción, máquina expendedora de comida/bebida, tienda de productos de primera necesidad, conexión a internet
- Recepción presencial: opcional
- Recepción telefónica: obligatoria.
Conclusión
El primer paso, y el más decisivo, para cualquier promotor que desee invertir en el sector del autocaravaning en Galicia es elegir entre los dos modelos legales existentes: desarrollar una infraestructura de servicio municipal (área en tránsito) o crear un negocio turístico regulado por la Xunta (campamento de turismo).
Esta decisión definirá el alcance, la inversión y el marco normativo de todo el proyecto. Para avanzar con seguridad, recomendamos que se consulten las fuentes oficiales recordando que aunque el modelo de la FEGAMP es una guía extendida, no es legalmente vinculante y pueden existir variaciones locales significativas.
Una vez se haya elegido el marco legal y el área esté operativa, la gestión del día a día es clave para el éxito.
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Además de este resumen de la normativa para la creación de áreas de autocaravanas en Galicia, te recomendamos que leas el artículo Cómo crear un área de autocaravanas en el blog de TripStop.