Normativa crear un área autocaravanas en Extremadura

En este artículo te mostramos un resumen de la normativa para la creación de un área de autocaravanas en Extremadura. Detallamos los requisitos necesarios para establecer y operar áreas de acogida y acampada de autocaravanas. Y, posteriormente, mencionaremos los puntos más importantes a tener en cuenta para montar un camping o campamento de turismo.

La Junta de Extremadura, a través del Decreto 46/2025, de 27 de mayo, regula por primera vez de forma específica las áreas de autocaravanas, unificando el régimen de declaración previa y responsable y detallando requisitos técnicos, administrativos y de calidad. Entra en vigor el 22 de junio de 2025.

Áreas de pernocta para Autocaravanas

Vehículos admitidos y estancia máxima

  • Tipos de vehículos: autocaravanas, campers, caravanas y vehículos vivienda según el Real Decreto 2822/1998.
  • Elementos permitidos: apertura de toldos, sombrillas, mesas, sillas, nivelar y estabilizar el vehículo y apertura de ventanas más allá de su perímetro, siempre dentro de la parcela.
  • Prohibido: instalar tiendas de campaña o cualquier elemento semimóvil de pernocta exterior.
  • Duración de la estancia: máximo 72 horas continuas por contrato de estancia

Procedimientos administrativos

Establecer un área de servicio para autocaravanas implica navegar varios procedimientos administrativos:

  • Declaración previa de instalación ante la Consejería competente.
  • Declaración responsable de inicio de actividad e inscripción en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura

Clasificación y placa distintiva

  • Categorías: una y dos estrellas, según los requisitos del Anexo VII.
  • Placa identificativa: obligatoria junto a la entrada, con el distintivo de categoría establecido en el Anexo VIII.
  • Salida de emergencia: debe existir una vía de evacuación para personas independiente de la entrada principal

Requisitos técnicos de espacio

Delimitación e iluminación

  • El área debe estar cerrada físicamente (vallas, setos, bordillos, balizas) y contar con iluminación nocturna suficiente para la circulación interna.

Zona de parcelas

  • Superficie mínima: 40 m² por parcela.
  • Firme: pavimentado, con drenaje y evacuación de aguas pluviales.
  • Altura libre: mínimo 4 m bajo cubiertas o arbolado.
  • Un solo vehículo por parcela.
  • Suministro eléctrico: toma individual ≥ 16 A con cuadro de protección conforme al REBT

Zona de servicio y punto limpio

  • Espacio pavimentado para vaciado de aguas grises y negras, recogida selectiva de residuos y toma de agua potable.
  • Conexión a red municipal de saneamiento o sistema propio autorizado.
  • Ratio: mínimo un punto limpio por cada 25 parcelas o fracción

Accesos, señalización y seguridad

  • Viales interiores: pavimentados y conformes a los requisitos de accesibilidad y dimensiones de los campamentos (art. 35).
  • Señalización y sistemas contra incendios según los arts. 36 y 37 aplicables a campamentos.
  • Existencia de un plan de evacuación y señales acordes.

Instalaciones y servicios generales

  • Recepción y bloques de servicios higiénicos ajustados a los arts. 39 y 49, con particularidades del Anexo VII.
  • Punto de recarga eléctrica para vehículos eléctricos, según el RD-ley 29/2021.
  • Servicios complementarios (restaurante, tienda, piscina…) pueden compartir instalaciones siempre que no perjudiquen derechos de usuarios.

Información al usuario

En lugar visible junto a la entrada debe figurar:

  • Nombre y categoría del área.
  • Existencia de hojas de reclamaciones y reglamento de régimen interior.
  • Periodo de apertura y tarifas.Horarios de servicios y descanso.
  • Plano con parcelas, servicios, sistemas de protección contra incendios y rutas de evacuación.
  • Teléfonos de emergencias (112, Protección Civil, Guardia Civil, sanitarios…), como mínimo en castellano e inglés.

Reservas y compatibilidad

  • Su régimen de reservas, precios y servicios complementarios se regirá por la normativa general de alojamiento turístico.
  • Pueden coexistir o compartir servicios con campamentos y zonas de acampada públicas del mismo titular, manteniendo independientes los requisitos mínimos de cada modalidad

Esperamos que este resumen proporciona una visión general de los aspectos más importantes de la normativa para crear áreas de autocaravanas y campamentos de turismo en Extremadura.

Además de este resumen de la normativa para la creación de áreas de autocaravanas en Extremadura, te recomendamos que leas el artículo  Cómo crear un área de autocaravanas en el blog de TripStop.