El registro de viajeros en áreas de autocaravanas es un tema crucial desde la publicación de la normativa española en relación con el Ministerio del Interior conforme al RD 933/2021.
El Real Decreto presenta dos novedades obligatorias a partir del 2 de diciembre de 2024:
1) La comunicación del registro de hospedajes se vuelve obligatorio para las áreas de autocaravanas. La normativa también puede obligar a las áreas que tengan licencia de camping (por ejemplo en Galicia).
2) Debe hacerse de manera telemática para todos los tipos de alojamientos.
El Real Decreto también regula el registro documental del alquiler de vehículos, pero en este artículo nos centraremos en cómo esta legislación afecta a los anfitriones de áreas de autocaravana y qué implicaciones tiene para quienes se ven afectados por esta normativa.
¿Hay que hacer registro de viajeros en las áreas de autocaravanas?
Sí, una de las novedades del Real Decreto es que a partir del 2 de diciembre de 2024 será necesario llevar un registro de viajeros en las áreas de autocaravanas.
En una consulta planteada al Ministerio del Interior por parte de TripStop se especifica que hay que hacer una clara diferenciación (así lo hace el Real decreto 933/2021) entre las áreas que son gratuitas y las que son de pago:
- Las áreas gratuitas NO están sujetas al RD 933/2021
- Las que conllevan una contraprestación económica SÍ están sujetas al RD 933/2021 y, por ello, pueden ser inspeccionadas por las autoridades competentes.
¿Qué datos tengo que recoger para cumplir con las obligaciones documentales del RD 933/2021 en un área camper?
Para cumplir con las obligaciones documentales del Real Decreto 933/2021 en un área camper, debes recoger los siguientes datos de los viajeros:
- Nombre y apellidos de cada viajero.
- Documento de identidad:
- Tipo de documento (DNI, pasaporte, etc.)
- Número de documento
- Número de soporte del documento en el caso de Documentos de identidad Españoles
- Otros datos personales
- Nacionalidad
- Fecha de nacimiento
- Relación de parentesco con el titular, obligatorio si es menor de edad
- Fecha de entrada y salida: Registra la fecha en que el viajero llega al área camper y la fecha en que se va.
- Domicilio habitual: Pregunta por la dirección de residencia del viajero, incluido el
- País de residencia
- Código postal
- Localidad (si país de residencia España)
- Otros datos:
- Mail o teléfono del huésped
Método de pago (efectivo, tarjeta, móvil, plataforma, otro)
- Firma o consentimiento.
Recuerda que estos datos deben tratarse con confidencialidad y utilizarse únicamente para cumplir con las obligaciones legales.
¿Debo de recoger los datos de todos los viajeros que vayan dentro de la autocaravana?
Sí, todos los viajeros que se encuentren en la autocaravana, incluidos los menores, deben ser registrados según las obligaciones del Real Decreto 933/2021. Aunque los menores no tengan capacidad legal para firmar, puedes registrar sus datos proporcionados por los adultos responsables.
¿Cómo tengo que hacer la comunicación de partes de entrada de autocaravanas?
Las obligaciones de registro documental deben realizar obligatoriamente de forma telemática. Quedan exceptuados los sujetos obligados que desarrollen actividades de hospedaje de manera no profesional.
Además, se debe realizar de manera inmediata y en todo caso en un plazo no superior a 24 horas a partir de los siguientes momentos:
- Al realizar la reserva o la formalización del contrato o, en su caso, su anulación.
- Al inicio de los servicios contratados.
El primer paso es darte de alta en el registro de hospedajes del Ministerio del Interior.
El segundo paso es hacer la comunicación de los partes de entrada, que realizarse desde una app de registro de hospedajes como la app de TripStop, o desde la página que proporciona el Ministerio de Interior llamada Ses.Hospedajes.
Si decides hacerlo a través de la página del Ministerio, el proceso es un poco largo. A continuación te explicamos cómo.
Realizar el registro de hospedajes a través de Ses.Hospedajes
- El acceso se realiza mediante:
- Certificado digital. Se accede utilizando el certificado empleado para realizar el registro
- Usuario/contraseña. Estas credenciales son proporcionadas al realizar el registro
Una vez accedes te llevará a la página de inicio. Deberás rellenar todos los datos manualmente, sin posibilidad de automatizar el proceso.
¿Puedo realizar el registro de hospedajes con TripStop?
Sí, el anfitrión puede usar TripStop para registrar los hospedajes en nombre de los viajeros. Si tus viajeros deciden hacerlo ellos mismos, el proceso de check-in será mucho más rápido y sus datos se quedarán almacenados de forma segura en la app para que su siguiente entrada sea casi instantánea. Una vez realizado, TripStop envía este registro automáticamente al Ministerio del Interior.
Te lo explicamos todo en cómo realizar el registro de hospedajes con TripStop.
¿Cuántos campos son necesarios rellenar según el Real Decreto?
- A través de Ses.Hospedajes: 44 campos + 18 campos por cada huésped adicional
- A través de TripStop Pro: Escaneo + 2* campos + 0 por cada huésped adicional
- *Código postal, Teléfono o Mail y (si no es español) dirección
Como ves, con TripStop realizar el registro de hospedajes es mucho más sencillo y rápido en comparación con la plataforma del Ministerio del Interior. Mientras que el sistema tradicional requiere que los usuarios completen un extenso formulario con numerosos datos, TripStop reduce este proceso a su mínima expresión.
Esto permite que el registro se realice en cuestión de segundos, eliminando la complejidad y el tiempo invertido en el proceso.
Descubre cómo realizar el registro de hospedajes con TripStop.
¿Cuáles son las sanciones en caso de no hacer el registro de hospedaje?
Infracciones
Las infracciones se rigen en el capítulo V de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana. Se distingue entre infracciones graves y leves:
Son infracciones graves:
- La falta de los registros documentales nombrados en el decreto.
- No realizar las comunicaciones obligatorias.
Se consideran infracciones leves:
- Las irregularidades o deficiencias en la cumplimentación de los registros previstos en el decreto.
- Realizar las comunicaciones obligatorias fuera del plazo establecido.
Además, destaca que aquellos que incumplan con las obligaciones establecidas serán directamente responsables de la infracción.
Sanciones
En cuanto a sanciones, varían dependiendo del grado de gravedad. Pueden ir de los 601 a 600.000 euros:
a) Para las infracciones muy graves, el grado mínimo comprenderá la multa de 30.001 a 220.000 euros; el grado medio, de 220.001 a 410.000 euros, y el grado máximo, de 410.001 a 600.000 euros.
b) En cuanto a infracciones graves, el grado mínimo comprenderá la multa de 601 a 10.400; el grado medio, de 10.401 a 20.200 euros, y el grado máximo, de 20.201 a 30.000 euros.
Puede consultar todos los detalles en la Ley Orgánica 4/2015.
¿Cuándo entra en vigor el registro de viajeros en áreas de autocaravanas?
Ya está en periodo de adaptación y a partir de 2 de diciembre de 2024 será obligatorio realizar los partes de entrada de viajeros en las áreas de autocaravanas (de pago) en España cumpliendo con el Real Decreto 933/2021.
Si estás interesado en montar un área, echa un vistazo a nuestro artículo de blog Cómo crear un área de autocaravanas o puedes consultar también Cómo funciona un área de autocaravanas.
Además, puedes consultar la página de Policía Nacional, o la documentación específica para la jurisdicción de la Guardia Civil: Hospederías | Guardia Civil con FAQ y ejemplos.